ResoluciónPresentado
Renegociar o licitar el agente financiero del Municipio
Pide evaluar la renegociación del contrato con el Banco de Santa Fe o un nuevo llamado a licitación pública.
- Estado
- Presentado
- Fecha
- marzo 2026
- Tema
- Transparencia y control
- Expediente
- CO-0062-02110542-4
Proyecto original
El texto completo, tal como se presentó en el Concejo Municipal.
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Art. 1°: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas competentes, realice los estudios de factibilidad técnica, jurídica y económica necesarios a fin de evaluar la modificación de las actuales condiciones de contratación con el Agente Financiero del Municipio, ya sea mediante la renegociación del contrato vigente con el Banco de Santa Fe S.A. o, en su defecto, mediante el llamado a un nuevo proceso de licitación pública.
Art. 2°: La eventual modificación de las condiciones contractuales deberá contemplar, como objetivo prioritario, la incorporación de un canon fijo y/o variable a favor del Municipio, a ser abonado por el agente financiero como contraprestación por los beneficios derivados de la administración y operatoria de los fondos públicos municipales.
Art. 3°: A los fines previstos en el artículo precedente, deberán considerarse como antecedente los términos del contrato de vinculación vigente entre la Provincia de Santa Fe y el mismo agente financiero, el cual prevé el pago de un canon y su correspondiente actualización periódica.
Art. 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.
Santa Fe, marzo de 2026.
FUNDAMENTOS
Concejales:
Mediante el contrato N° 407/2021, la Municipalidad de Santa Fe estableció la vinculación con el Banco de Santa Fe S.A. como agente financiero del municipio.
Dicho contrato fue suscripto el 10 de noviembre de 2021 y establece un plazo de vigencia condicionado a la duración de la vinculación existente entre la Provincia de Santa Fe y la misma entidad bancaria, conforme lo dispuesto en su cláusula 15°.
Esta situación implica que la duración del vínculo contractual municipal queda supeditada a decisiones adoptadas entre la Provincia y la entidad financiera, sin contemplar una instancia de decisión autónoma por parte del Municipio. Tal circunstancia resulta discutible desde el punto de vista de la autonomía municipal y de las buenas prácticas contractuales, en tanto una de las partes queda ajena a la determinación del plazo efectivo de vigencia del acuerdo.
Por otra parte, mientras el Estado provincial percibe un canon relevante por la prestación del servicio de agente financiero, el Municipio de Santa Fe no recibe actualmente contraprestación alguna por este concepto.
Cabe destacar que el agente financiero administra un volumen significativo de fondos públicos municipales, incluyendo la gestión de cuentas oficiales, depósitos de recursos coparticipables, cobro de tasas, derechos y multas, pago de haberes del personal municipal y administración de cuentas sueldo, entre otras operatorias de considerable relevancia económica.
La administración de dichos fondos constituye un beneficio financiero para la entidad bancaria, que puede utilizarlos dentro de su operatoria crediticia y de inversión.
En este contexto, resulta razonable evaluar una revisión de las condiciones contractuales vigentes a fin de garantizar un mayor equilibrio en la relación entre las partes y asegurar que el Municipio perciba una contraprestación acorde a los beneficios que la vinculación genera para la entidad financiera.
Por tal motivo, se propone que el Departamento Ejecutivo Municipal realice los estudios técnicos correspondientes y convoque al agente financiero a una instancia de renegociación contractual.
Asimismo, para el supuesto de no arribar a un acuerdo satisfactorio, se solicita evaluar las alternativas legales y administrativas que permitan revisar el vínculo vigente y eventualmente avanzar hacia un nuevo proceso licitatorio.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto.
Lic. ANA CANTIANI
Concejal Bloque La Libertad Avanza
