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Pedido de informePresentado

¿Cuántas multas hizo el radar de Marcial Candioti?

Pide las actas labradas por el radar de Marcial Candioti al 2700 desde 2023, año por año.

Estado
Presentado
Fecha
mayo 2026
Tema
Movilidad y tránsito
Barrio
Candioti
Expediente
CO-0062-02126188-8

Dónde

  • Marcial Candioti 2700

Proyecto original

El texto completo, tal como se presentó en el Concejo Municipal.

Leer el proyecto completo acá
PROYECTO DE COMUNICACIÓN El Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que en el plazo de quince (15) días y a través del área competente, informe lo siguiente respecto del dispositivo electrónico de control de velocidad ubicado en calle Marcial Candioti al 2700: 1.- Información consolidada sobre las actas de infracción labradas por exceso de velocidad mediante el citado dispositivo, discriminada por año calendario (2023, 2024, 2025 y fracción 2026), consignando para cada año: a) cantidad total de actas labradas; b) monto total liquidado en concepto de multa; c) monto efectivamente percibido; d) cantidad de actas abonadas en instancia de pago voluntario; e) cantidad de actas abonadas luego de resolución del Juzgado de Faltas Municipal; f) cantidad de actas en las que el infractor presentó descargo ante el Juzgado de Faltas Municipal; g) cantidad de actas anuladas o dejadas sin efecto, con indicación del motivo; 2.- Actuaciones ante los Juzgados de Faltas Municipales de la Ciudad de Santa Fe iniciadas con motivo de infracciones labradas por el citado dispositivo, discriminadas en: Cantidad resueltas con aplicación de multa confirmada; Cantidad resueltas con absolución o anulación del acta; Cantidad en trámite. 3.- Recursos de apelación deducidos ante el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe- respecto de resoluciones de los Juzgados de Faltas Municipales vinculadas al mismo dispositivo, discriminados en: Cantidad resueltos con confirmación de la sanción; Cantidad resueltos con revocación o nulidad de la sanción; Cantidad en trámite. 4.- Convenios suscriptos con la U.T.N y/o con empresas privadas, para la intervención en los procesos de instalación, operación, mantenimiento o gestión del dispositivo mencionado. Régimen de retribución económica para las mismas, especificando si consiste en canon fijo, suma variable en función de infracciones detectadas o multas cobradas, porcentaje sobre la recaudación, o combinación de modalidades. Monto total abonado o devengado a favor de la UTN y/o eventual empresa desde el inicio de la relación contractual hasta la fecha, discriminado por año calendario. En caso que lo solicitado en este punto se encuentre publicado en un portal o sitio web, se informarán los correspondientes links para el acceso. Santa Fe, mayo de 2026. FUNDAMENTOS El presente Proyecto de Comunicación tiene por objeto obtener información detallada y verificable sobre el funcionamiento del dispositivo de control de velocidad por radar ubicado en calle Marcial Candioti N° 2700. El primer eje de información se vincula con lo operativo y el volumen de infracciones labradas, montos liquidados y percibidos, y comportamiento del sistema en términos de cobro efectivo. El segundo es el procesal: la litigiosidad generada ante el Juzgado de Faltas Municipal, como ante la Justicia Provincial -órgano judicial de segunda instancia-, a fin de evaluar la tasa de revocación y anulación de actas. El tercer aspecto es la identificación del operador del dispositivo y las condiciones económicas del vínculo con el Municipio y en su caso, que tipo de retribución tiene y si resulta compatible con los principios de objetividad e imparcialidad que deben regir la aplicación del régimen sancionatorio y con el principio de legalidad que enmarca el poder de policía municipal. Asimismo, ante el conocimiento público de reiterados cuestionamientos judiciales vinculados a este dispositivo hacen necesario que el Concejo cuente con información pública, clara y sistematizada sobre su nivel de litigiosidad y los resultados de los reclamos tramitados por vía de apelación ante la Justicia Provincial. Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento para la aprobación del presente. LIC. ANA CANTIANI BLOQUE LA LIBERTAD AVANZA

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