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Pedido de informeEn comisión

Fondos pagados a cooperativas de trabajo

Pide el detalle de los fondos pagados a cooperativas y asociaciones contratadas por el régimen de iniciativa comunitaria.

Estado al 22 de septiembre de 2026
En comisión · Comisión de Gobierno
Fecha
mayo 2026
Tema
Transparencia y control
Expediente
CO-0062-02126614-3

Proyecto original

El texto completo, tal como se presentó en el Concejo Municipal.

Leer el proyecto completo acá
PROYECTO DE COMUNICACIÓN Pedido de Informes El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas que correspondan y en el plazo de quince (15) días estipulado por la Ordenanza Nº 12.378, informe detalladamente sobre los siguientes puntos referidos a la contratación de Cooperativas de Trabajo y Asociaciones Civiles bajo el "Régimen de Iniciativa Comunitaria" regulado por la Ordenanza N° 10.100 y sus modificatorias: 1º- Remita el detalle exacto y consolidado de los fondos devengados y pagados a cada una de las entidades contratadas bajo esta modalidad durante los ejercicios 2024, 2025 y lo proyectado a la fecha en el Presupuesto 2026. 2º- Especifique el criterio técnico, legal y financiero de asignación de los montos fijos para dichas contrataciones, y bajo qué parámetros se establece su actualización. 3º- Adjunte la nómina completa y actualizada del Registro de Cooperativas Proveedoras instituido por el artículo 3° de la Ordenanza Nº 11.672. 4º- Detalle el mecanismo competitivo o de selección utilizado por la Subsecretaría de Gestión Pública para la adjudicación de tareas a cada cooperativa. En caso de realizarse de manera directa, indique el fundamento legal que exceptúa la compulsa de precios u otro mecanismo de licitación. 5º- Remita copia de las pólizas vigentes (Aseguradora de Riesgos del Trabajo o seguros de accidentes personales) presentadas por las cooperativas en 2025 y 2026, en cumplimiento de la Cláusula Sexta de los convenios. Confirme que las aseguradoras estén autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y certifique que bajo ningún concepto se ha admitido el autoseguro. 6º- Adjunte copia de las planillas de asistencia, informes de avance y actas de inspección técnica confeccionadas por la Dirección de Gestión Urbana (o dependencia equivalente) que acrediten la efectiva realización de los trabajos de desmalezado, limpieza y mantenimiento, requeridas obligatoriamente para emitir la certificación de servicios y liberar los pagos. 7º- Remita la nómina completa con DNI de los "socios cooperativistas" (trabajadores de base) afectados a la realización de las obras y servicios. Esta información es indispensable para auditar la eximición de relación de dependencia estipulada en la Cláusula Octava de los contratos y constatar posibles incompatibilidades. 8º- Remita los certificados de subsistencia actualizados emitidos por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y constancias de inscripción en ARCA de todas las cooperativas contratadas en la actualidad, a fin de garantizar su regularidad institucional. 9º- Envíe copia de los informes de penalidades, sanciones o actos administrativos de rescisión de contratos aplicados a las cooperativas por incumplimiento de obligaciones, abandono de tareas o deficiencias en el servicio durante los años 2024, 2025 y 2026, en virtud de la facultad de fiscalización establecida en la Cláusula Quinta de los convenios. Santa fe de la vera cruz, mayo 2026 FUNDAMENTOS Concejales y concejalas El presente proyecto de comunicación tiene como objeto fortalecer los mecanismos de transparencia y control sobre el uso de fondos públicos destinados a la contratación de cooperativas de trabajo y asociaciones civiles bajo el Régimen de Iniciativa Comunitaria (Ordenanza N° 10.100). En primer término, es necesario que este Cuerpo cuente con la información del flujo de recursos durante los ejercicios 2024, 2025 y lo proyectado para 2026. La trazabilidad de los pagos y los criterios de actualización permiten auditar el gasto público y asegurar que los fondos se destinen a los servicios de mantenimiento y limpieza en los barrios. En segundo término, la situación institucional de las entidades contratadas es un requisito para el sistema. La solicitud de certificados del INAES, constancias de ARCA y el acceso al Registro de Cooperativas Proveedoras (Ord. N° 11.672) busca garantizar que el municipio se vincule con instituciones que cumplen sus obligaciones legales y fiscales, evitando discrecionalidad en las contrataciones. Asimismo, corresponde auditar las condiciones de seguridad de los trabajadores. El cumplimiento de las cláusulas sobre seguros de ART o accidentes personales es responsabilidad del Ejecutivo como órgano de control. La nómina de socios cooperativistas permitirá verificar la inexistencia de relaciones de dependencia encubiertas o incompatibilidades administrativas. Finalmente, este pedido de informes se centra en la inspección técnica de los servicios. Las planillas de asistencia, actas de inspección e informes de sanciones aplicadas permitirán evaluar la efectividad de la fiscalización municipal sobre las tareas de desmalezado y mantenimiento. Garantizar la transparencia en este régimen protege el funcionamiento de las instituciones y la seguridad de los trabajadores que sostienen la infraestructura urbana de Santa Fe. Por lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento para la aprobación del presente proyecto.

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