OrdenanzaPresentado
Estacionamiento sin cargo para pacientes en tratamientos prolongados
Crea un registro de pacientes en tratamientos médicos prolongados con franquicia de estacionamiento medido para ir a sus centros de salud.
- Estado
- Presentado
- Fecha
- julio 2026
- Tema
- Salud
- Expediente
- CO-0062-02138275-9
Proyecto original
El texto completo, tal como se presentó en el Concejo Municipal.
Leer el proyecto completo acá
PROYECTO DE ORDENANZA:
Artículo 1°: Créase el “Registro Municipal de Pacientes en Tratamientos Médicos Prolongados”, bajo la órbita de la Autoridad de Aplicación del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (S.E.O.M.), con el objeto de administrar la franquicia de estacionamiento prevista en la presente ordenanza para facilitar el acceso de dichos pacientes a los establecimientos de salud.
Artículo 2°: Podrán inscribirse en el Registro las personas que, por indicación médica, deban concurrir en forma frecuente a establecimientos de salud para la realización de tratamientos, terapias, procedimientos o controles indispensables derivados de enfermedades graves, crónicas o de alta complejidad como:
a) Pacientes oncológicos que se encuentren realizando tratamientos de quimioterapia, radioterapia, inmunoterapia o controles postoperatorios periódicos.
b) Pacientes con enfermedad renal crónica que requieran tratamientos de diálisis o hemodiálisis.
c) Pacientes trasplantados que deban concurrir periódicamente a controles médicos o tratamientos vinculados al trasplante.
d) Pacientes con enfermedades hematológicas que requieran transfusiones, terapias de infusión u otros tratamientos hospitalarios recurrentes.
e) Pacientes con enfermedades autoinmunes, neurológicas, respiratorias crónicas o de otra naturaleza que deban concurrir periódicamente a centros de salud para recibir medicación biológica, infusiones u otros tratamientos especializados.
f) Pacientes que se encuentren realizando rehabilitación de alta complejidad como consecuencia de accidentes cerebrovasculares (ACV), lesiones medulares u otras patologías que demanden asistencia frecuente.
g) Pacientes con enfermedades poco frecuentes que requieran concurrencia periódica a centros especializados para la realización de tratamientos o controles.
h) Toda otra patología que, por su gravedad, cronicidad o necesidad de tratamientos recurrentes, sea incorporada mediante dictamen de la autoridad competente.
Artículo 3°: Créase la “Franquicia para Pacientes en Tratamientos Prolongados” en el ámbito del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (S.E.O.M.), destinada a eximir del pago del estacionamiento medido durante los traslados vinculados con los tratamientos médicos que motivaron la inscripción en el Registro.
Artículo 4°: Podrán acceder a la Franquicia los titulares de vehículos automotores que estén inscriptos en el Registro creado por el artículo 1° de la presente, así como quienes se encuentren a cargo o realicen él traslado habitual de personas inscriptas en aquel Registro.
Artículo 5°: Los beneficiarios dispondrán de un banco de horas semanal de veinticuatro (24) horas liberadas del pago del S.E.O.M.
Artículo 6°: La inscripción en el Registro mantendrá su vigencia mientras subsistan las condiciones médicas que dieron origen al beneficio, debiendo renovarse conforme los plazos y requisitos que establezca la reglamentación.
Artículo 7°: La Autoridad de Aplicación será responsable de la administración del Registro, del otorgamiento y control de la Franquicia y de garantizar la confidencialidad y protección de los datos personales y de salud de los beneficiarios, conforme la normativa vigente.
Artículo 8°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente ordenanza, dictando las normas necesarias para su implementación.
Artículo 9°: De forma.
Santa Fe, julio de 2026.
Fundamentos:
La Ordenanza N.º 13.045 creó el Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (S.E.O.M.) con el objeto de ordenar el tránsito, optimizar el uso del espacio público y promover una utilización equitativa de las dársenas de estacionamiento dentro del área medida. Asimismo, mediante el Decreto N.º 00050/2026 se reglamentaron las franquicias previstas para determinados usuarios que, por las características de su actividad o condición, requieren un tratamiento diferencial.
En la actualidad, el régimen contempla beneficios para determinados sectores, tales como personas con discapacidad, frentistas, médicos de emergencia y entre otros expresamente previstos. Sin embargo, no existe una franquicia destinada a pacientes que atraviesan enfermedades graves o crónicas que requieren tratamientos médicos prolongados.
Pacientes oncológicos, personas que concurren periódicamente a sesiones de diálisis o hemodiálisis, pacientes sometidos a tratamientos de rehabilitación intensiva, así como quienes requieren infusiones u otros procedimientos ambulatorios de larga duración, deben asistir de manera reiterada a establecimientos de salud ubicados dentro del área alcanzada por el S.E.O.M. En muchos casos, la duración de estos tratamientos supera ampliamente el tiempo habitual de permanencia previsto para otros usuarios del sistema.
A las dificultades físicas, emocionales y económicas propias de estas patologías se suma el costo del estacionamiento medido, que representa una carga adicional para pacientes y familias que ya afrontan importantes gastos derivados de la atención médica, los traslados y la adquisición de medicamentos.
El presente proyecto procura mediante la “Franquicia para Pacientes en Tratamientos Prolongados” garantizar condiciones razonables de accesibilidad para quienes se encuentran atravesando situaciones de especial vulnerabilidad en materia de salud.
Además, se incorpora la modalidad de banco de horas de estacionamiento, permitiendo que el beneficio se adecue a la frecuencia y duración real de cada tratamiento. Las terapias médicas no poseen una duración uniforme, una sesión de quimioterapia, diálisis o rehabilitación puede extenderse varias horas y variar según la evolución clínica del paciente.
Por todo lo expuesto solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación de este proyecto.
Lic. Ana Cantiani
Bloque La Libertad Avanza
