Pedido de informeEn comisión
¿Conviene que el Municipio fabrique asfalto?
Antes de comprar una planta asfáltica, pide el estudio de costos: cuánto sale producir y cuánto comprarle al sector privado.
- Estado al 22 de septiembre de 2026
- En comisión · Comisión de Gobierno
- Fecha
- agosto 2026
- Tema
- Transparencia y control
- Expediente
- CO-0062-02146174-4
Proyecto original
El texto completo, tal como se presentó en el Concejo Municipal.
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PROYECTO DE COMUNICACIÓN
PEDIDO DE INFORME
El Honorable Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de las áreas que correspondan y en el plazo de quince (15) días establecido por la Ordenanza Nº 12.378, remita a este Cuerpo Legislativo un informe detallado, técnico y documentado sobre la viabilidad económica y financiera del Mensaje Nº 09-2026, referido a la adquisición de una Planta Asfáltica para Producción de Material en Frío (50 Tn/h).
1º.- Remita el estudio técnico-económico de factibilidad y conveniencia que sustente la decisión de que el Municipio asuma el rol de productor industrial de mezcla asfáltica.
El informe requerido deberá contemplar los siguientes puntos:
Comparativo de los precios de mercado actuales por tonelada de mezcla asfáltica en frío “puesta en obra”, provista por el sector privado, frente a la estimación del costo de producción propia, a los fines de acreditar las condiciones más ventajosas para el interés público, indicadas en el Art. 45º de la Ordenanza Nº 13.094.
Detalle del costo proyectado por tonelada de mezcla asfáltica a producir, teniendo en cuenta: costos de insumos (emulsiones asfálticas, áridos, aditivos, etc.), gastos operativos (consumo energético de motores y bombas), masa salarial y valor de amortización de los equipos asignados.
Monto total de inversión y endeudamiento, detallando el valor de compra de la planta y los costos de infraestructura, obras complementarias e instalaciones necesarias en el predio designado, indicando si la totalidad de dichos gastos se encuentran previstos y cubiertos por el subpréstamo PROMUDI a contratar con la Provincia.
Estimación del consumo, en toneladas, por parte de la Municipalidad de Santa Fe, de asfalto en frío o del material preparado en caliente que este producto vaya a reemplazar, para obras realizadas con personal propio. Adicionalmente, se deberán adjuntar los registros históricos de consumo correspondientes a los años 2024, 2025 y YTD 2026.
Método de cálculo para la amortización de la inversión, indicando asimismo el plazo de vida útil técnica estimada de la maquinaria.
2º.- Informe sobre los estudios que respalden la decisión de modificar la tecnología utilizada para la reparación de baches, sustituyendo el asfalto en caliente por asfalto en frío.
Asimismo, se solicita que se presenten los estudios de relevancia científica y técnica respecto de los nuevos formulados, que permitan acreditar y garantizar una vida útil adecuada del material aplicado.
3º.- Remita informe sobre el estado actual, valor residual y costos de mantenimiento de la planta de producción en caliente que se pretende sustituir, por considerarse “inconveniente” su recuperación según los fundamentos del Mensaje Nº 09-2026, a fin de evaluar la necesidad y conveniencia de discontinuar su operación.
Santa Fe de la Vera Cruz, agosto de 2026.
FUNDAMENTOS
Concejales y Concejalas:
El presente Proyecto de Comunicación tiene como objeto ejercer nuestro deber indelegable de control y velar por la transparencia y eficiencia en el uso de los recursos públicos ante una inversión de capital de gran envergadura.
Resulta indispensable analizar técnicamente la conveniencia de que el Estado Municipal asuma funciones de productor industrial, asumiendo riesgos operativos y de mantenimiento propios del sector privado, sin contar con estudios de rentabilidad que demuestren un ahorro real para el contribuyente frente a la oferta existente en el mercado.
De acuerdo con el Art. 45º de la Ordenanza Nº 13.094, toda erogación debe buscar las condiciones más ventajosas para el interés público, objetivo que solo puede acreditarse mediante un desglose de costos que incluya la amortización de los equipos y una comparación con el precio “puesto en obra”.
Asimismo, este Concejo debe conocer el monto total de la inversión, puesto que la instalación de una planta fija involucra obras de infraestructura que podrían no estar contempladas en el crédito PROMUDI, derivando en un endeudamiento no declarado o en la afectación imprevista de recursos corrientes.
Considerando que la Ordenanza Nº 13.094 fija límites de endeudamiento y plazos de pago, resulta necesario fiscalizar que esta operación se ajuste a la sostenibilidad financiera del Municipio.
Adicionalmente, se solicita conocer los estudios y análisis realizados sobre la vida útil de la nueva tecnología a aplicar, comparándola con la del asfalto en caliente actualmente utilizado, a fin de determinar la duración estimada y el desempeño de ambas alternativas.
Lo requerido no implica una sobrecarga de trabajo para las áreas que han intervenido en la elaboración del proyecto de inversión, sino simplemente la remisión de los estudios previos, técnicos y económicos necesarios para sustentar una inversión de estas características.
Por las razones expuestas, solicitamos a nuestros pares el acompañamiento para la aprobación del presente Proyecto de Comunicación.
Lic. Ana CANTIANI Lic. Pablo MUSSIO
Concejal LLA Concejal LLA
Honorable Concejo Municipal Honorable Concejo Municipal
